
Si el Congreso Nacional aprueba totalmente la propuesta para una nueva Ley de Contrataciones Públicas, el Estado podrá contratar publicidad en los medios de comunicación a través de procedimientos de excepción que, en esencia, permitirán que la propaganda sea concertada sin pasar por los procedimientos ordinarios.
El proyecto de Ley de Contrataciones Públicas, que ya fue aprobado en dos discusiones en la Cámara de Diputados, establece en su artículo 78 que la contratación de publicidad a través de medios o plataformas se hará bajo el proceso de excepción, el que la misma propuesta define como un procedimiento donde se exceptúa “el rigor de los procedimientos ordinarios, se reducen los plazos previstos y se limitan las reglas de competencia por su naturaleza especial”.
Esto implica que una institución pública pueda contratar una campaña en televisión, radio, prensa escrita o redes sociales sin concurso de precios ni un proceso competitivo, “siempre y cuando la institución contratante realice la contratación directamente con los medios o plataformas, sin hacer uso de intermediarios”, de acuerdo con el citado artículo.
En el artículo 79 se observa que el uso de cualquiera de los métodos de excepción que indica la ley siempre deberá estar justificado y motivado en una resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante.
Informe de publicidad
El Gobierno dominicano redujo considerablemente su colocación publicitaria en el primer cuatrimestre del 2025 en comparación con el mismo período del 2024, de acuerdo con un análisis de Participación Ciudadana, en su capítulo de Transparencia Internacional.
El movimiento no partidista señaló que en los primeros cuatro meses del 2024 se colocaron 3,121 millones de pesos en contratos de publicidad. Sin embargo, esa cifra se redujo a 2,445 millones de pesos, en el 2025, lo que representa una disminución del 21.65 %.
La entidad criticó que no se conocen los criterios de contratación, la distribución por medios ni los objetivos de las campañas. También que no hay trazabilidad pública de los beneficiarios de contratos multimillonarios, lo que viola los principios básicos de rendición de cuentas consagrados en la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones.
Otras disposiciones
Además de procesos especiales para la contratación de publicidad, el proyecto aprobado por los diputados establece que las instituciones deberán adquirir productos o servicios a través de una plataforma oficial en línea llamada “Tienda Virtual”, siempre que los artículos estén disponibles allí.
Solo podrán salirse de ese mecanismo si demuestran que otro proveedor ofrece mejores condiciones, y previa autorización de la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Además, la pieza institucionaliza el uso obligatorio del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, una plataforma donde deberán registrarse todas las fases del proceso: planificación, publicación, adjudicación, ejecución, pagos y cierre.
Cualquier contratación realizada fuera del sistema no tendrá validez legal y podría ser sancionada.
Asimismo, el proyecto da estatus legal a las comisiones de veeduría, formadas por miembros de la sociedad civil, con el objetivo de observar, vigilar y emitir informes sobre los procesos de contratación de las instituciones públicas.
Aunque no tienen poder vinculante, sus observaciones podrán servir de base para investigaciones o auditorías.
Aprobaciones
El proyecto de Ley de Contrataciones Públicas ya pasó las dos discusiones en la Cámara de Diputados.
Al ser leído y autorizado sin trabas, el proyecto se reenviará al Senado, donde originalmente nació la pieza y se aprobó hace meses.
Si el Senado aprueba el proyecto, tal como lo hicieron los diputados, quedará en las manos del Poder Ejecutivo, que deberá observarlo o promulgarlo para su entrada en vigencia como una ley.