
El proyecto de reforma al Código de Trabajo, depositado en el Senado en octubre de 2024 y aprobado en primera lectura, introduce transformaciones en aspectos fundamentales de los empleos, en comparación con la legislación vigente establecida por la Ley 16-92, promulgada en el 1992.
El proyecto de la reforma laboral se enmarca dentro del grupo de enmiendas que propulsa el presidente Luis Abinader. Aunque ya fue aprobada en primera lectura en el Senado, ha encontrado choques en el Congreso por la renuencia de los empresarios, quienes piden más evaluaciones a la pieza, lo que retrasó la aprobación en una segunda discusión.
El proyecto, que fue estudiado por nueve meses, duplica la licencia de paternidad con goce de salario, pasando de los actuales dos días a cuatro días laborables.
En cuanto a la licencia por maternidad, se amplía de 12 semanas (84 días) a 14 semanas (98 días).
Actualmente, la legislación vigente solo establece 12 semanas y permite dividir el tiempo con flexibilidad. El nuevo texto, según sus artículos, busca alinearse con convenios internacionales como el de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre protección a la maternidad.
La reforma también plantea una modificación en la cantidad de días de vacaciones anuales pagadas, vinculadas a la antigüedad del trabajador. La estructura propuesta es la siguiente:
De 1 a menos de 3 años de servicio: 14 días laborables.De 3 a menos de 5 años: 15 días laborables.A partir de los 5 años: 15 días laborables, pero con una compensación económica adicional que los iguala a 18 días de pago.
Actualmente, el Código vigente otorga 14 días de vacaciones a partir del primer año, aumentando a 18 días tras los 5 años de servicio.
Jornada laboral con mayor flexibilidad
Aunque se mantiene el tope de 44 horas semanales, el proyecto que se mueve en el Senado permite distribuirlas en jornadas de hasta 12 horas diarias, siempre que exista acuerdo por escrito entre el empleador y el trabajador.
En la legislación vigente, la jornada máxima diaria es de 8 horas.
Otro cambio importante es que los domingos dejan de ser feriados obligatorios. El proyecto permite que el día de descanso semanal se fije en otro momento de la semana, siempre que se respete el descanso de al menos 24 horas continuas.
Asimismo, el código actual permite un máximo de 80 horas extras por trimestre, equivalentes a poco más de seis horas semanales. La reforma eleva ese límite a 120 horas trimestrales, lo que permite mayor flexibilidad para atender picos de producción o eventos extraordinarios, siempre con la debida compensación económica, según la pieza.
El teletrabajo
Por primera vez, el teletrabajo queda formalmente regulado dentro del Código de Trabajo. El proyecto establece normas claras sobre los horarios, los equipos y condiciones de trabajo, el derecho a la desconexión digital y la compensación por uso de recursos personales.
Hasta ahora, el teletrabajo solo había sido regulado mediante resoluciones administrativas del Ministerio de Trabajo durante la pandemia del coronavirus, sin rango legal ni protección expresa.
El trabajo doméstico
Uno de los avances del proyecto es la inclusión plena del trabajo doméstico en el Código de Trabajo. Esto implica que las trabajadoras del hogar tendrían derecho a un salario mínimo, vacaciones, licencias de maternidad, inclusión en la seguridad social y protección frente a despido sin causa.
También, el proyecto agrega como nueva causa de suspensión temporal del contrato las restricciones sanitarias dispuestas por las autoridades, una disposición inspirada en las medidas tomadas durante la pandemia del coronavirus. Actualmente, las causales de suspensión se limitan a situaciones como enfermedad, servicio militar, licencia de maternidad, entre otras.
Empleos a extranjeros
En el proyecto de ley de la reforma laboral se mantiene el principio de que al menos 80 % de los trabajadores en una empresa deben ser dominicanos, pero se introduce la posibilidad de flexibilizar esta proporción en sectores como la agricultura o la construcción, previa autorización del Ministerio de Trabajo y siempre bajos las normativas de las autoridades de migración.
La cesantía sigue
A pesar de que ha sido objeto de debate, el proyecto mantiene la cesantía laboral como una indemnización que debe pagar el empleador cuando despide a un trabajador sin causa justificada. No se introducen cambios al cálculo ni al fondo de cesantía, aunque el sector empresarial ha abogado por un modelo distinto y propuso que se ponga un límite de seis años para los nuevos empleados.
Cuando la reforma laboral fue aprobada en primera lectura, en junio de este año, alrededor de 85 grupos empresariales la calificaron como “un retroceso”, lo que llevó al Senado a retrasar la aprobación en segunda discusión.